Un hombre fue condenado a cuatro meses y dieciséis días de prisión por robar perfumes de lujo en una tienda Primor del Cantón Pequeño en A Coruña. La Audiencia Provincial confirmó la sentencia tras rechazar su recurso de apelación. El robo, valorado en 419,96 euros, incluyó productos de Jimmy Choo y Bulgari. El acusado fue detenido al activar los arcos de seguridad. La sentencia aún permite recurso de casación.
¿Qué productos fueron robados en la tienda Primor del Cantón Pequeño?
El ladrón sustrajo tres artículos de alta gama: los estuches de perfume I Want Choo y I Want Choo Forever, de la marca Jimmy Choo, y el pack Splendida de Bulgari. Todos formaban parte de una estrategia deliberada de enriquecimiento ilícito, según consta en la sentencia. El valor total fue fijado en 419,96 euros, cifra que supera el umbral de delito leve y entra en el régimen de delito contra la propiedad.
El modus operandi fue directo y sin violencia
El acusado entró en el local a las 19.45 horas. Introdujo los productos en una bolsa sin pasar por caja. Al intentar salir, los arcos de seguridad emitieron la alarma. Fue interceptado en el umbral del establecimiento. No hubo resistencia ni agresión. Su conducta fue calificada como de pacífica reacción, lo que no impidió la condena.
¿Por qué se rechazó la atenuante de toxicomanía?
La defensa alegó disminución de responsabilidad penal por supuesta drogadicción. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestimó el argumento. No existían pruebas médicas, informes psiquiátricos ni constancias de tratamiento. El único sustento fue el testimonio de un policía que afirmó: «sí era consumidor de drogas, aunque nunca lo vi consumiendo». El tribunal consideró que esa declaración no permite construir con seriedad una relación causal entre el estado de toxicomanía y la comisión del delito.
La jurisprudencia exige evidencia objetiva
Los tribunales españoles exigen informes clínicos, historiales médicos o constancias de ingreso en programas de desintoxicación para admitir la atenuante. Una mera percepción subjetiva no basta. Esta exigencia refuerza el principio de presunción de imputabilidad y protege la integridad del sistema penal.
¿Qué implica la confirmación de la condena para el acusado?
La sentencia no es firme. El condenado conserva el derecho a interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este recurso solo procede por infracción de norma o vulneración de garantías constitucionales. No permite reexaminar los hechos probados. La pena impuesta —cuatro meses y dieciséis días de prisión— puede ser sustituida por trabajo en beneficio de la comunidad, si el juez lo autoriza tras valorar la conducta posterior y el riesgo de reiteración.
El impacto económico del robo es limitado, pero simbólico
Aunque el valor económico es bajo, el caso refleja una tendencia creciente de robo selectivo de productos de lujo en perfumerías. Estos artículos tienen alta rotación, fácil reventa y baja trazabilidad. Para cadenas como Primor, cada incidente implica costes ocultos: seguridad adicional, formación de personal y pérdida de confianza del cliente.
¿Qué sucedió con los productos robados?
Los perfumes fueron recuperados íntegramente. La Audiencia ordenó su devolución definitiva a la tienda del Cantón Pequeño. Ya están disponibles para su venta normal. No hubo deterioro ni manipulación. Esta restitución inmediata evitó daños económicos adicionales y reforzó la eficacia de los sistemas de detección en puntos de venta.
Datos Clave
- El robo ocurrió el 19 de junio de 2024, en la tienda Primor del Cantón Pequeño, número 5.
- El valor total fue de 419,96 euros, superando el umbral de delito leve.
- El acusado fue detenido al activar los arcos de seguridad, sin resistencia.
- La Audiencia Provincial rechazó la atenuante de toxicomanía por falta de pruebas objetivas.
- La sentencia permite recurso de casación, pero no modifica la pena confirmada.
El caso se inscribe en el marco del Código Penal español, especialmente en los artículos 234 (robo con fuerza) y 235 (robo sin fuerza). Al no haber allanamiento ni violencia, se aplicó el tipo básico. La condena refleja la doctrina consolidada del Tribunal Supremo: la intención de enriquecimiento ilícito basta para configurar el delito, independientemente del valor o del perfil del autor. En un contexto de inflación y presión económica, los tribunales mantienen la línea de disuasión frente a delitos patrimoniales de bajo impacto pero alta frecuencia.
