Un hombre fue condenado a dos años y diez meses de prisión por estafar a una pareja en Bergondo (A Coruña) con una supuesta construcción de vivienda y piscina. El caso, resuelto en la Audiencia Provincial de A Coruña, evidencia los riesgos de contratar obras sin garantías legales ni avales técnicos. La sentencia es firme y obliga al condenado al reintegro íntegro del dinero defraudado.
¿Qué ocurrió en la estafa de construcción en Bergondo?
El acusado firmó dos contratos el 15 de abril de 2022: uno para la construcción de una casa y otro para una piscina, ambos en Bergondo, provincia de A Coruña. No ejecutó ninguna obra, pero recibió 17.199,5 euros entre abril y mayo de 2022.
El Ministerio Público demostró que el acusado simuló trámites legales y técnicos inexistentes. Aseguró que las obras eran inminentes, aunque nunca presentó licencias, planos ni contratos con subcontratistas.
¿Cómo se estructuraron los pagos en los contratos?
Precio y desglose de los contratos
- Contrato de vivienda: 30.250 euros, con 25 % al firmar y otro 25 % al inicio de obra.
- Contrato de piscina: 4.150 euros, con 50 % abonado al firmar.
- El total entregado por las víctimas fue 17.199,50 euros, sin que se iniciara ninguna fase constructiva.
El acusado reconoció los hechos en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, lo que permitió un acuerdo procesal y una reducción de la pena inicialmente prevista.
¿Qué implica legalmente una estafa en construcción?
La conducta constituye estafa agravada según el artículo 248 del Código Penal, al aprovechar la confianza de las víctimas y simular una actividad profesional legítima. No se trató de un simple incumplimiento contractual, sino de falta de intención de ejecución desde el inicio.
El Tribunal aplicó el principio de especialidad: cuando una conducta afecta a derechos patrimoniales y a la seguridad jurídica de los ciudadanos, prevalece la vía penal sobre la civil. Además, la sentencia incluye responsabilidad civil subsidiaria, obligando al pago íntegro del dinero defraudado.
¿Cuál es el impacto económico y preventivo de este caso?
Datos Clave
- El fraude afectó directamente a una familia que destinó ahorros para su vivienda propia.
- El monto estafado (17.199,50 €) equivale al 40 % del coste total de la vivienda acordado.
- No hubo aval bancario, seguro de caución ni certificación de obra previa.
- El caso se resolvió en menos de 4 años desde la denuncia, gracias al acuerdo entre fiscalía y defensa.
- La sentencia es firme y ejecutable inmediatamente, sin recurso de apelación.
Este caso refleja una tendencia creciente en Galicia: estafas en reformas y construcciones residenciales, especialmente en zonas rurales y periurbanas donde la supervisión técnica es escasa. Según datos del Consejo General de la Abogacía, los casos de estafa en construcción aumentaron un 22 % en 2025 respecto a 2023.
Desde el punto de vista económico, el fraude no solo implica pérdida patrimonial directa. También genera costes adicionales: tasaciones judiciales, honorarios legales y retrasos en la adquisición de vivienda. En el marco legal, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) exige que los promotores acrediten solvencia y presenten garantías técnicas y financieras antes de cobrar anticipos superiores al 25 %.
La ausencia de estas garantías —como ocurrió en Bergondo— convierte el contrato en un riesgo inasumible para los particulares. Las autoridades recomiendan exigir siempre certificados de inscripción en el Registro de Empresas Constructoras, seguros de responsabilidad civil y avances vinculados a hitos técnicos verificables.
El caso también pone en evidencia la importancia del control municipal: el Ayuntamiento de Bergondo no registró solicitud alguna de licencia de obra relacionada con los contratos firmados. Esa ausencia de trámite administrativo fue clave para probar la simulación.
La sentencia marca un precedente para futuras actuaciones: la mera firma de contratos sin avances técnicos reales puede ser suficiente para integrar el tipo penal de estafa, especialmente cuando se combinan con engaños sobre trámites inexistentes.
