El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado un cambio unilateral de funciones contra Manuel Vázquez Faraldo, alcalde de Miño y jefe del área económico-financiera de la Autoridad Portuaria de Ferrol durante 19 años. La sentencia confirma una degradación profesional injustificada y ordena su reintegración inmediata, además de una indemnización de 6.000 euros por daños morales.
¿Por qué la Justicia consideró ilegal el cambio de funciones en 2025?
El TSXG determinó que la reasignación de Vázquez Faraldo al Área de Captación de Ayudas Públicas no respondía a causas técnicas, económicas ni organizativas. El tribunal subrayó que el nuevo puesto supuso una pérdida real de responsabilidad: pasó de liderar un equipo de seis personas en el edificio principal a trabajar en solitario, en un despacho distinto y sin funciones directivas.
La sentencia califica el acto como un vaciamiento funcional. Esto no es una mera reestructuración. Es una alteración sustancial que afecta la dignidad profesional, un derecho fundamental protegido por la Constitución.
¿Cuál fue el desencadenante del conflicto?
El conflicto se intensificó tras el nombramiento de Francisco Barea como presidente en 2021. Un año después, Vázquez Faraldo denunció denegaciones injustificadas de permisos para ejercer como alcalde. Estas negativas violaban su derecho a compatibilizar funciones públicas, reconocido en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
¿Cómo afecta esta sentencia al marco legal de los organismos autónomos?
La resolución sienta un precedente claro para los organismos públicos dependientes. No están exentos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ni de la normativa sobre derechos fundamentales en el empleo público. Cualquier modificación sustancial de funciones requiere motivación objetiva y proporcionalidad. La mera discrecionalidad de la presidencia no basta.
¿Qué impacto económico tiene este fallo para las autoridades portuarias?
El fallo no solo implica costes directos (indemnización, costas procesales), sino también riesgos reputacionales y de gestión. Las autoridades portuarias gestionan fondos europeos, presupuestos anuales superiores a 50 millones de euros y proyectos estratégicos como el Corredor Atlántico. Un conflicto laboral de esta naturaleza afecta la confianza institucional, la capacidad de atracción de talento y la ejecución eficiente de ayudas públicas.
Datos Clave
- Vázquez Faraldo lleva 33 años en la Autoridad Portuaria de Ferrol (desde 1993) y 19 años como jefe del área económico-financiera (desde 2006).
- El cambio de funciones se produjo en enero de 2025, sin justificación técnica ni evaluación de impacto organizativo.
- La sentencia del TSXG anula el acto administrativo y ordena la reintegración inmediata al puesto original.
- La indemnización de 6.000 euros se basa exclusivamente en el quebranto de la dignidad profesional, no en daños materiales.
- El fallo vincula la conducta de la presidencia con la figura jurídica del acoso laboral, aunque no se declaró expresamente como tal.
La sentencia refuerza que la independencia funcional de los técnicos superiores en organismos públicos no es negociable. Su experiencia acumulada —como la de Vázquez Faraldo en finanzas portuarias— es un activo estratégico. Cualquier intento de neutralizarla sin causa objetiva se convierte en vulneración de derechos y riesgo legal tangible. En un contexto de creciente exigencia de transparencia y buen gobierno, este fallo marca una línea roja para la gestión de recursos humanos en el sector público español.
