Un expolicía local de Son Servera fue detenido en el Aeropuerto de Madrid-Barajas tras más de un año prófugo en Tailandia. Había sido condenado a siete años y medio de prisión por intentar matar a su esposa en 2018. Regresó a España para entregarse, pero fue arrestado al aterrizar. Su caso revela fallos en la ejecución de penas y en el control de medidas cautelares como la pulsera antimaltrato.
¿Por qué huyó el expolicía de Son Servera tras su condena?
El acusado abandonó Mallorca en diciembre de 2024, justo después de quitarse la pulsera antimaltrato. Esa medida había sido impuesta tras su condena en octubre de 2024 por delito de homicidio en grado de tentativa. Aunque la sentencia aún no era firme, su libertad condicional se volvió insostenible tras la fuga.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) confirmó la pena en marzo de 2025. Pero para entonces, el acusado ya estaba en Tailandia. Su huida evidencia una brecha operativa: la falta de coordinación entre jueces, fuerzas de seguridad y autoridades consulares para vigilar a condenados en libertad provisional.
La paralización judicial como atenuante
La Audiencia Provincial aplicó la atenuante de dilaciones indebidas, al constatar que el proceso estuvo estancado durante años. Esto redujo la pena, pero no eximió al acusado de su responsabilidad. El retraso procesal no justifica la huida ni el incumplimiento de medidas de protección.
¿Qué implica la condena por tentativa de asesinato en España?
La sentencia incluye tres elementos clave: prisión efectiva, indemnización y alejamiento. La pena de siete años y medio se impuso por estrangular a su esposa con un fular el 8 de marzo de 2018. Esa fecha no es casual: coincide con el Día Internacional de la Mujer, lo que agravó el delito por discriminación por razón de género.
Indemnización y prohibición de contacto
Además de la cárcel, el condenado debe pagar 6.600 euros por lesiones y daños morales. También le fue impuesta una prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante diez años. Estas medidas forman parte del marco legal del Código Penal español, especialmente los artículos 148 y 173, que tipifican la violencia de género como agravante.
¿Cómo afecta la fuga al sistema de justicia española?
La huida del expolicía pone en evidencia debilidades estructurales. Un agente de la autoridad, con conocimiento de los mecanismos legales, eludió la justicia durante 18 meses. Esto socava la credibilidad del sistema y afecta la percepción de seguridad de las víctimas.
Económicamente, la fuga generó costes adicionales: emisión de orden internacional de busca y captura, coordinación con Interpol, gastos consulares y operativos en Tailandia. Estos recursos podrían haberse destinado a prevención o atención a víctimas.
El rol de las pulseras antimaltrato
La retirada unilateral de la pulsera antimaltrato fue el primer indicador de riesgo. Estas medidas tecnológicas dependen de la supervisión activa. Su mera instalación no garantiza protección si no hay seguimiento judicial y policial continuo.
¿Qué dice la ley sobre la huida de condenados en libertad?
El Código Penal español, en su artículo 468, castiga la fuga de personas condenadas o procesadas. La pena puede sumarse a la original. En este caso, la huida no modificó la sentencia, pero sí activó la orden de captura internacional y aceleró la ejecución de la pena.
La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género exige respuestas inmediatas ante incumplimientos. La ausencia de una reacción rápida tras la desaparición de la pulsera representa un fallo en la aplicación de esta norma.
Datos Clave
- Condena: siete años y medio de prisión por tentativa de asesinato.
- Fecha del crimen: 8 de marzo de 2018, Día Internacional de la Mujer.
- Huida: Diciembre de 2024, tras quitarse la pulsera antimaltrato.
- Captura: Finales de mayo de 2026 en Madrid-Barajas.
- Indemnización: 6.600 euros por daños físicos y psicológicos.
- Prohibición: diez años de acercamiento y comunicación con la víctima.
- Agravante: discriminación por razón de género.
- Atenuante: dilaciones indebidas en el proceso judicial.
El caso trasciende lo individual. Refleja tensiones reales entre eficacia judicial, protección real de víctimas y control de agresores con formación policial. La justicia no solo castiga: debe prevenir, proteger y garantizar que las medidas no queden en papel mojado.
